Subsidio para mayores de 52 años en autónomos: todo lo que debes saber

El subsidio para mayores de 52 años se ha consolidado como una de las ayudas más relevantes dentro del sistema de protección social en España. Tradicionalmente, esta prestación se ha orientado a trabajadores por cuenta ajena que, tras perder su empleo, cumplen determinados requisitos. Sin embargo, la realidad del mercado laboral ha cambiado y cada vez más personas ejercen como trabajadores autónomos o por cuenta propia. Esto genera dudas recurrentes: ¿pueden acceder al subsidio los autónomos? ¿qué requisitos deben cumplir? ¿cómo se tramita esta ayuda?
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¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?

El subsidio para mayores de 52 años es una prestación no contributiva de carácter asistencial que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Su objetivo es proporcionar un ingreso mínimo a las personas desempleadas mayores de esa edad que ya no pueden reincorporarse al mercado laboral con la misma facilidad que trabajadores más jóvenes.

Este subsidio tiene la particularidad de que, además de cubrir las necesidades básicas del beneficiario, cotiza a la Seguridad Social por la contingencia de jubilación. Es decir, quienes lo perciben no solo cuentan con un ingreso mensual, sino que también siguen acumulando cotizaciones para su futura pensión.

Requisitos generales para acceder al subsidio

El acceso a este subsidio no es automático y exige cumplir una serie de requisitos generales, tanto en el caso de trabajadores por cuenta ajena como en el de autónomos. Los más destacados son:

  • Edad mínima de 52 años.

  • Estar en situación de desempleo.

  • Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los últimos 15.

  • Cotización suficiente por desempleo (mínimo 6 años a lo largo de la vida laboral en el régimen general).

  • Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), es decir, no superar unos 810 € mensuales aproximadamente (cifra que varía cada año).

Estos requisitos responden a la lógica de que se trata de un subsidio enfocado en trabajadores que han contribuido a lo largo de su vida y que, llegada una edad difícil para encontrar empleo, necesitan un respaldo económico.

La gran duda: ¿qué pasa con los autónomos?

Diferencias entre régimen general y RETA

Una de las preguntas más frecuentes es si los trabajadores autónomos pueden beneficiarse del subsidio para mayores de 52 años en autónomos. La respuesta, lamentablemente, es negativa en la mayoría de los casos.

Esto se debe a que los autónomos cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), y en este régimen no existe la cotización por desempleo de manera generalizada (aunque desde 2019 se introdujo la llamada prestación por cese de actividad). Por ello, aunque un autónomo cumpla con los requisitos de edad y años de cotización, difícilmente podrá acreditar la cotización mínima exigida por desempleo, requisito imprescindible para acceder al subsidio.

En resumen:

  • Si toda la vida laboral ha transcurrido en el RETA, el autónomo no podrá acceder al subsidio de mayores de 52 años.

  • Si la persona ha trabajado durante años como asalariado en régimen general y ha cotizado lo suficiente por desempleo, podría tener derecho a este subsidio aunque después haya sido autónomo.

El papel de la prestación por cese de actividad

Desde 2019, los autónomos cotizan obligatoriamente por cese de actividad, lo que podría abrir una puerta en el futuro. Sin embargo, el diseño actual del subsidio para mayores de 52 años en autónomos no se ha integrado todavía a esta realidad. Por tanto, aunque el autónomo tenga derecho a prestación por cese, esta no equivale al subsidio para mayores de 52 años.

Es importante señalar que existen movimientos y propuestas sindicales que reclaman adaptar esta ayuda a los autónomos, ya que la exclusión actual deja sin cobertura a un colectivo que representa más del 15% de la población ocupada en España.

El subsidio para mayores de 52 años representa un salvavidas económico y una garantía de cotización hasta la jubilación para quienes han trabajado toda su vida. Sin embargo, todavía deja fuera a la mayoría de los autónomos, un colectivo que ha sostenido el tejido productivo del país y que reclama una cobertura justa y adaptada a su realidad.

Otras ayudas para autónomos mayores de 52 años

Aunque el subsidio específico no se aplica a los autónomos de forma directa, existen alternativas que conviene tener en cuenta.

Jubilación activa y anticipada

Los autónomos pueden acogerse a modalidades de jubilación activa o anticipada en determinadas circunstancias, especialmente si cuentan con años suficientes de cotización.

Prestación por cese de actividad

El equivalente al paro de los autónomos. No es sencillo de obtener, ya que exige justificar pérdidas, causas de fuerza mayor u otros supuestos tasados. Sin embargo, es un recurso que puede aliviar la falta de ingresos.

Ayudas autonómicas y bonificaciones

Algunas comunidades autónomas ofrecen programas específicos de apoyo a autónomos de mayor edad, sobre todo en materia de relevo generacional o cese de actividad. Conviene revisar la normativa de cada región.

Renta mínima vital y ayudas sociales

En casos de necesidad económica extrema, los autónomos que no puedan acceder a subsidios contributivos tienen la opción de solicitar el Ingreso Mínimo Vital u otras ayudas de carácter asistencial.

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Trámites para solicitar el subsidio de mayores de 52 años

Para quienes sí cumplan los requisitos (fundamentalmente extrabajadores por cuenta ajena con cotización suficiente), los pasos son:

  1. Presentar la solicitud en el SEPE: Puede hacerse online con certificado digital, cl@ve o DNI electrónico, o presencialmente con cita previa.

  2. Aportar la documentación requerida: DNI, justificante de rentas, vida laboral y cualquier documento que acredite la situación de desempleo.

  3. Esperar la resolución: El SEPE suele responder en un plazo aproximado de 3 meses.

El importe del subsidio equivale al 80% del IPREM (aprox. 480 € mensuales en 2025), y se percibe hasta que la persona alcanza la edad ordinaria de jubilación.

Ventajas y limitaciones del subsidio

Ventajas

  • Cotización a la Seguridad Social para la pensión.

  • Duración hasta la jubilación ordinaria.

  • Ingreso estable que complementa otras ayudas.

Limitaciones

  • No accesible para autónomos puros.

  • Importe reducido en comparación con el coste de vida.

  • Requisitos estrictos de cotización por desempleo.

Reflexiones finales: la necesidad de ampliar la cobertura

El subsidio para mayores de 52 años es una herramienta eficaz para prevenir la exclusión social de trabajadores que, a una edad avanzada, pierden su empleo. Sin embargo, la realidad muestra un vacío importante: los autónomos quedan fuera casi en su totalidad.

Dada la importancia creciente del autoempleo en España, se hace cada vez más urgente revisar el diseño de estas prestaciones. Adaptarlas a las nuevas realidades laborales no solo sería una cuestión de justicia social, sino también una manera de reconocer la contribución de miles de personas que han sostenido el tejido productivo desde sus pequeños negocios.

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