Compensar Pérdidas por Ciberestafa en la Declaración de la Renta 2025

Si has sido víctima de una ciberestafa, podrías compensar tus pérdidas en la declaración de la Renta 2025, siempre que acredites la incobrabilidad de la deuda mediante una sentencia judicial o un procedimiento sin éxito de más de un año. La compensación se aplicará en la base imponible general o del ahorro, dependiendo del origen de la pérdida, y podrá arrastrarse hasta cuatro ejercicios fiscales. Es clave conservar denuncias, informes periciales y documentación bancaria para justificar la pérdida ante Hacienda.

Compensar Pérdidas por Ciberestafa en la Declaración de la Renta 2025

En la era digital, las ciberestafas son una preocupación creciente para muchos contribuyentes en España. Las inversiones en criptomonedas y otros activos digitales han aumentado exponencialmente, pero también lo han hecho los fraudes asociados a estas operaciones. Si has sido víctima de una ciberestafa, es importante que sepas que podrías compensar las pérdidas en tu declaración de la Renta 2025 bajo ciertas condiciones.

¿Es posible deducir las pérdidas por ciberestafa en la Renta?

La respuesta es sí, pero con matices. Según la Dirección General de Tributos (DGT), una pérdida económica derivada de una ciberestafa puede asimilarse a la situación de un acreedor que tiene derecho a recuperar un crédito. Para que estas pérdidas sean deducibles, es necesario que el derecho de cobro se declare incobrable judicialmente. Esto ocurre en dos escenarios:

  • Se dicta una sentencia judicial reconociendo la incobrabilidad.
  • Ha pasado un año desde el inicio de un procedimiento judicial (no concursal) para recuperar el dinero sin éxito.

Si se cumplen estas condiciones, la pérdida puede integrarse en la base imponible general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto significa que podrás reducir el impacto fiscal de la pérdida, siempre que cumplas con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

ciberseguridad
Compensar pérdidas por ciberestafa en al declaración de la renta de este año.

Requisitos para compensar pérdidas por ciberestafa

Para poder aplicar esta compensación en la declaración de la Renta, se deben cumplir ciertos requisitos establecidos en la Ley 35/2006:

  1. Identificar el período impositivo en el que ocurrió la ciberestafa. Es importante contar con la documentación que acredite la fecha y la naturaleza de la pérdida.
  2. Declarar la pérdida en la base imponible general y compensarla dentro del mismo período.
  3. Si después de la compensación aún queda saldo negativo, este podrá compensarse en los cuatro ejercicios siguientes hasta un límite del 25% del saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario.
  4. Es fundamental que el contribuyente haya intentado recuperar el dinero por vía judicial y que la deuda se haya declarado incobrable.
  5. Conservar toda la documentación relacionada con la estafa, incluyendo denuncias, informes periciales, correspondencia con la entidad financiera o plataforma afectada, entre otros

¿Cómo se compensan estas pérdidas en la Renta?

La compensación de pérdidas patrimoniales por ciberestafa sigue un procedimiento similar al de otras pérdidas no derivadas de la venta de bienes. Se debe distinguir entre:

  • Base imponible del ahorro: Se compensan primero con ganancias patrimoniales obtenidas en el mismo período impositivo. Si hay saldo negativo, se podrá compensar con hasta el 25% del saldo positivo de rendimientos de capital.
  • Base imponible general: Si la pérdida no proviene de la transmisión de un bien, se puede compensar con el saldo positivo de rendimientos y rentas imputadas, aplicando también el límite del 25%.

Si tras estas compensaciones sigue habiendo un saldo negativo, la pérdida podrá arrastrarse hasta cuatro ejercicios fiscales consecutivos. Es decir, aunque no puedas compensarla completamente en un año, podrás hacerlo en los siguientes, dentro del límite permitido.

Consejos para documentar y justificar la pérdida

Si has sido víctima de una ciberestafa, es fundamental que reúnas y conserves toda la documentación posible que justifique la pérdida, como:

  • Denuncias interpuestas ante la Policía o la Guardia Civil.
  • Informes emitidos por peritos informáticos o entidades financieras.
  • Historial de transacciones y comunicación con la plataforma afectada.
  • Cualquier resolución judicial que confirme la imposibilidad de recuperar los fondos.

Las pérdidas por ciberestafa pueden compensarse en la Renta 2025 si se acreditan como incobrables mediante una sentencia judicial o un procedimiento fallido de más de un año. Para su deducción, es clave conservar denuncias, informes periciales y registros de transacciones.

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Entender y aplicar correctamente estas deducciones puede ser complejo, especialmente en casos de ciberestafa. En nuestra asesoría en Castro Urdiales, estamos especializados en declaraciones de la Renta para clientes de Cantabria y Bizkaia, incluyendo aquellas relacionadas con pérdidas patrimoniales por estafas, herencias y compraventa de inmuebles.

Nuestro equipo de expertos analizará tu situación y te guiará en todo el proceso para asegurarte de que puedas aplicar las deducciones fiscales que te correspondan.

Si has sufrido una ciberestafa y quieres asegurarte de que puedes compensar legalmente tus pérdidas, llámanos y agenda una cita para la declaración de la Renta 2025. Nos encargamos de analizar tu caso y optimizar tu declaración dentro del marco legal vigente.

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