¿Qué novedades encontraremos en la declaración de la renta 2024?

La campaña de la Renta 2024 llega con importantes novedades fiscales. Entre los cambios más relevantes destacan el aumento en la deducción por donativos, la reducción del rendimiento neto para autónomos en módulos y la ampliación de beneficios fiscales para obras de eficiencia energética. Además, se mantienen las deducciones específicas para Cantabria y Bizkaia, incluyendo incentivos por alquiler de vivienda, familia numerosa y discapacidad. Estos cambios buscan optimizar la tributación y ofrecer mayores beneficios a los contribuyentes.

¿Qué novedades encontraremos en la declaración de la renta de 2024?

Con la llegada de la campaña de la Renta 2024, los contribuyentes deben estar atentos a los cambios normativos y nuevas deducciones fiscales que pueden afectar su declaración. A continuación, te explicamos las principales novedades de este año y cómo pueden influir en tu situación fiscal.

1. Aumento en la deducción por donativos

Para fomentar el mecenazgo y la colaboración con entidades sin ánimo de lucro, se ha incrementado el porcentaje de deducción por donativos:

  • El porcentaje general de deducción sube del 35% al 40%.
  • Se amplía la base de deducción al 80% en los primeros 250 euros donados (anteriormente, solo se aplicaba hasta 150 euros).
  • Los contribuyentes que hayan donado de manera recurrente durante tres años (antes eran cuatro) podrán beneficiarse de un incremento al 45% en la deducción.
novedades declaracion renta
Todas las novedades de la declaración de la renta de este año en Cantabria y Bizkaia.

2. Reducción en el método de estimación objetiva (módulos)

 

Para los autónomos que tributan por módulos, se establece una reducción del 5% sobre el rendimiento neto, permitiendo un ajuste fiscal más favorable. Además:

  • Las actividades agrícolas y ganaderas podrán seguir aplicando reducciones sobre el precio de adquisición del gasóleo agrícola y fertilizantes.

Los contribuyentes que desarrollen actividades en la Isla de La Palma podrán reducir su rendimiento neto en un 20%, como medida de apoyo tras la crisis volcánica.

3. Prórroga de los límites de estimación objetiva

Se prorrogan los límites excluyentes del régimen de estimación objetiva, manteniendo los mismos volúmenes de ingresos y compras que en ejercicios anteriores. Esto permite a los autónomos seguir tributando bajo este sistema sin necesidad de adaptarse a nuevas condiciones.

4. Ampliación de la deducción por obras de eficiencia energética

Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo para aplicar la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, ya sea la habitual o una propiedad destinada al arrendamiento. Para que la deducción sea aplicable, la vivienda alquilada debe estar en uso antes del 31 de diciembre de 2025.

5. Cambios en el régimen de impatriados

Para aquellos contribuyentes que se acojan al régimen de impatriados (conocido como “Ley Beckham”), se han introducido modificaciones en la documentación y los plazos para solicitar este régimen especial, con el objetivo de mejorar su accesibilidad y gestión.

La Renta 2024 trae cambios clave, como el aumento en la deducción por donativos, la reducción del rendimiento neto para autónomos en módulos y la ampliación de beneficios por eficiencia energética. Además, se mantienen deducciones específicas en Cantabria y Bizkaia para alquiler, familia numerosa y discapacidad.

¿Cómo afectan estos cambios a tu declaración de la renta?

Estas modificaciones buscan mejorar el marco fiscal y ofrecer incentivos en diferentes ámbitos. Si realizas donaciones, tributas por módulos o has realizado obras en tu vivienda, estos cambios pueden influir significativamente en tu declaración.

Deducciones especiales para Cantabria

Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con discapacidad:

  • Deducción del 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales en tributación individual y 600 euros en conjunta. 

Por cuidado de familiares:

  • 150 euros por cuidado de ascendientes, descendientes, cónyuge o hermanos con discapacidad igual o superior al 65%, menores de 3 años o mayores de 70 que convivan con el contribuyente.

Por obras de mejora en la vivienda habitual:

  • Deducción del 15% de las cantidades invertidas en obras de mejora de la eficiencia energética, con un límite de 5.000 euros.

Por donativos:

  • Deducción del 15% de las cantidades donadas a fundaciones, al Fondo Cantabria Coopera o a asociaciones que apoyen a personas con discapacidad. 

Por gastos de enfermedad:

  • Deducción del 10% de los gastos y honorarios profesionales por motivos de enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, con un límite anual de 500 euros en tributación individual y 700 euros en conjunta. 

Por gastos de guardería:

  • Deducción del 15% de los gastos en guarderías por hijos menores de tres años, con un límite de 300 euros anuales por hijo.

Para familias monoparentales:

  • Deducción de 300 euros anuales para familias monoparentales con hijos que convivan con el contribuyente. ​

Por nacimiento y adopción de hijos:

  • Deducción de 1.400 euros por nacimiento o adopción durante tres años.

Por arrendamiento de vivienda en zonas con reto demográfico:

  • Deducción del 20% de las cantidades satisfechas por el alquiler de vivienda habitual en zonas de Cantabria con reto demográfico, con un límite de 600 euros anuales. 

Por gastos de guardería en zonas rurales con reto demográfico:

  • Deducción del 30% de los gastos de guardería para contribuyentes que residan en zonas rurales de Cantabria con reto demográfico, con un límite de 600 euros anuales por hijo.

Por traslado de residencia a zonas con reto demográfico por motivos laborales:

  • Deducción de 500 euros por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a una zona de Cantabria con reto demográfico por motivos laborales.

Por inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social:

  • Deducción del 20% de las cantidades invertidas o donadas a entidades de la Economía Social establecidas en Cantabria, con un límite de 5.000 euros anuales.

Deducciones especiales para Bizkaia

 

  1. Por descendientes que convivan con el contribuyente:

    • Primer descendiente: 668 euros.​
    • Segundo descendiente: 827 euros.​
    • Tercer descendiente: 1.393 euros.​
    • Cuarto descendiente: 1.647 euros.​
    • Quinto y sucesivos: 2.151 euros.​
    • Incremento por cada descendiente menor de 6 años: 386 euros adicionales.​

 

  1. Por abono de anualidades por alimentos a hijos por decisión judicial:

    • 15% de las cantidades abonadas, con un límite del 30% de la deducción que correspondería por cada hijo.​
  2. Por ascendientes que convivan de forma continua con el contribuyente o cuando éste pague su estancia en una residencia:

    • 321 euros por cada ascendiente.​
  3. Por discapacidad o dependencia del contribuyente:

    • Discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%: 816 euros.​
    • Discapacidad igual o superior al 65% o dependencia moderada (Grado I): 1.165 euros.​
    • Discapacidad igual o superior al 75% y necesidad de ayuda de tercera persona (15-39 puntos) o dependencia severa (Grado II): 1.397 euros.​
    • Discapacidad igual o superior al 75% y necesidad de ayuda de tercera persona (40 o más puntos) o gran dependencia (Grado III): 1.743 euros.
  4. Por edad del contribuyente:

    • Mayores de 65 años con base imponible hasta 20.000 euros: 385 euros.​
    • Mayores de 75 años con base imponible hasta 20.000 euros: 700 euros.​
    • Para bases imponibles entre 20.000 y 30.000 euros, estas deducciones se reducen progresivamente.​

Deducciones por vivienda habitual:

  1. Por alquiler de vivienda habitual:

    • Contribuyentes mayores de 30 años: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 1.600 euros anuales.​
    • Familias numerosas: 25% con un límite de 2.000 euros anuales.​
    • Menores de 30 años: 30% con un límite de 2.400 euros anuales.​
  2. Por adquisición de vivienda habitual:

    • Contribuyentes menores de 30 años y familias numerosas: 23% de las cantidades invertidas, con un límite de 1.955 euros anuales.​
    • Resto de contribuyentes: 18% con un límite de 1.530 euros anuales.

 

  1. Por obras de renovación en la vivienda habitual:

    • 10% de las cantidades invertidas.​

Otras deducciones:

  1. Por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de personas con discapacidad:

    • 30% de las cantidades aportadas, con un límite anual de 3.000 euros.​
  2. Por inversión en empresas nuevas o de reciente creación:

    • 10% de las cantidades invertidas, sobre una base máxima de 100.000 euros, con un límite del 15% de la base liquidable.​
  3. Por participación de las personas trabajadoras en la empresa:

    • 10% de las cantidades satisfechas en metálico, con un límite anual de 1.200 euros.​
    • Si las cantidades provienen de préstamos de fondos constituidos por las Administraciones Públicas vascas, el límite es de 6.000 euros anuales.​
  4. Por actividades de mecenazgo:

    • 2% de la base liquidable, con un límite del 35% de la base imponible del impuesto.​
  5. Por cuotas a sindicatos y partidos políticos:

    • 20% de las cuotas satisfechas.

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