¿Qué ha decidido el TEAC?
El TEAC, en su resolución del 24 de junio de 2025, ha rectificado el criterio mantenido por la AEAT, permitiendo la deducción de los gastos de vehículos mixtos en el IRPF sin necesidad de acreditar su uso exclusivo profesional. Esta decisión se basa en la premisa de que, si un vehículo presenta características físicas y circunstancias que indican un uso profesional, se presumirá que está afecto a la actividad económica, salvo que la Administración pueda demostrar lo contrario.
¿Qué vehículos se consideran mixtos?
El concepto de “vehículo mixto” hace referencia a aquellos vehículos diseñados para el transporte de mercancías y personas. Ejemplos comunes incluyen furgonetas, camiones ligeros o vehículos adaptados para el transporte de herramientas y materiales. Estos vehículos son utilizados por profesionales como albañiles, fontaneros, pintores, repartidores, entre otros.
¿Qué gastos se pueden deducir?
Con la nueva interpretación del TEAC, los autónomos y profesionales pueden deducir en el IRPF los siguientes gastos asociados al uso de vehículos mixtos:
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Combustible: Gastos derivados del consumo de carburante utilizado en la actividad profesional.
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Mantenimiento y reparaciones: Costes relacionados con el mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo.
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Seguros: Primas de seguros contratados para el vehículo.
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Aparcamiento y peajes: Gastos ocasionados por el estacionamiento y el uso de vías de peaje en el ejercicio de la actividad.Colegio de Gestores de España
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Amortización: Deducción por la depreciación del valor del vehículo a lo largo del tiempo.
¿Cómo demostrar la afectación del vehículo a la actividad?
Aunque la carga de la prueba se invierte a favor del contribuyente, es recomendable contar con documentación que respalde el uso profesional del vehículo. Algunas evidencias que pueden ser útiles incluyen:
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Rotulación del vehículo: Incluir el nombre o logotipo de la empresa en el vehículo.
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Registro de kilómetros: Anotar los desplazamientos realizados, indicando origen, destino y motivo del viaje.
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Facturas y recibos: Conservar los justificantes de los gastos relacionados con el vehículo.
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Contratos y documentos de trabajo: Presentar acuerdos que demuestren la necesidad del vehículo para el desarrollo de la actividad.
¿Qué cambios introduce esta resolución?
La principal modificación introducida por el TEAC es la inversión de la carga de la prueba. Anteriormente, era el contribuyente quien debía demostrar que el vehículo se utilizaba exclusivamente para fines profesionales. Con la nueva interpretación, se presume que el vehículo está afecto a la actividad económica si presenta características que así lo indican, y será la Administración quien deba probar lo contrario.
¿A quién beneficia esta medida?
Esta resolución beneficia principalmente a autónomos y profesionales que utilizan vehículos mixtos en su actividad diaria. Entre los sectores más afectados se encuentran:
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Construcción: Albañiles, fontaneros, electricistas, etc.
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Transporte y logística: Repartidores, mensajeros, transportistas.
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Servicios técnicos: Instaladores, reparadores, técnicos de mantenimiento.
Estos profesionales podrán deducir los gastos asociados al uso de sus vehículos sin necesidad de demostrar su uso exclusivo para la actividad.
¿Qué vehículos quedan excluidos?
La resolución del TEAC establece que no se considerarán afectos a la actividad económica aquellos vehículos que, por sus características, estén claramente destinados a un uso personal. Ejemplos de vehículos excluidos son:
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Autocaravanas: Diseñadas principalmente para el ocio y el turismo.
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Turismos de alta gama: Utilizados principalmente para fines personales o de representación.
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Vehículos sin rotulación o adaptaciones evidentes: Que no presenten indicios claros de uso profesional.
¿Qué implicaciones tiene para los autónomos?
Esta nueva interpretación facilita a los autónomos la deducción de los gastos asociados al uso de vehículos mixtos en el IRPF. Al eliminar la necesidad de demostrar el uso exclusivo profesional, se simplifica el proceso y se reduce la carga administrativa. Además, se reconoce la realidad de muchos profesionales que utilizan estos vehículos de forma habitual en su actividad diaria.
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